Una aproximación al nuevo artículo 47 bis del Estatuto Básico del Empleado Público (teletrabajo)

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El pasado 30 de septiembre, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Este Real Decreto-ley 29/2020, sigue la estela del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. En ambos casos, se regula la figura del teletrabajo, con carácter de urgencia, por la situación de crisis sanitaria generada por la COVID-19. El primero dirigido a regularlo en el sector privado, y el segundo en el sector público.